Vida y Salud

El objeto de este tipo de seguros es la persona, protegiendo al individuo contra riesgos que puedan afectar su vida en aspectos tales como el fallecimiento, la supervivencia, alteraciones en su salud e incluso afectaciones psíquicas.

VIDA INDIVIDUAL

Los seguros de vida son instrumentos financieros que nos brindan un suma asegurada en caso de fallecimiento, invalidez entre otras situaciones imprevistas. Las personas beneficiarias del producto pueden recibir de forma eficiente y oportuna el valor asegurado, siempre y cuando se cumplan las condiciones contratadas y que la póliza se encuentre vigente.

Es un contrato que se hace entre un cliente (tomador o asegurado) y una compañía de seguros, con el fin de proteger la estabilidad económica que debe afrontar una familia ante la muerte repentina, la incapacidad o la enfermedad grave de un miembro del núcleo familiar, usualmente el jefe o cabeza de hogar. Por medio de este, la Compañía de Seguros se compromete a pagar un dinero (llamado indemnización), convenido de antemano, a los beneficiarios del asegurado cuando éste muera o al asegurado cuando éste se incapacite o sufra una enfermedad grave, siempre y cuando estén contratados estos amparos.

VIDA GRUPO DEUDORES

Busca proteger el patrimonio de las entidades que prestan dinero a sus clientes, socios, empleados, etc. En estos seguros el valor asegurado corresponde al valor del crédito.

Cada vez es más común encontrar en el mercado asegurador que la cobertura otorgada al funcionario o miembro de la organización, se extiende a los cónyuges o inclusive al grupo familiar completo con el pago de una prima adicional

ACCIDENTES PERSONALES

Es un contrato que se hace entre un cliente, llamado tomador del seguro y una compañía de seguros, en donde la compañía se compromete a pagar un monto dinero convenido de antemano, en la póliza de seguros. Su pago se hace a los beneficiarios del asegurado cuando éste muera, o al asegurado cuando éste sufra lesiones corporales o pérdida funcional de una o varias partes del cuerpo. Estos valores también pueden pagarse como un reembolso al cliente, con base en las facturas de los gastos médicos y hasta un límite máximo establecido de antemano.

EXEQUIALES

Es un contrato mediante el cual una compañía de seguros se compromete a reembolsar los gastos funerarios con ocasión de la muerte de la persona asegurada, a la persona que demuestre haberlos pagado. En la mayoría de las pólizas del mercado se establecen unos límites máximos de indemnización, y, si los gastos superan este valor deben ser asumidos por los familiares o acudientes del asegurado fallecido.

Es importante destacar que el seguro de Exequias es un seguro de carácter indemnizatorio ya que sólo cubre los gastos generados hasta un límite determinado de antemano en las condiciones de la póliza.

SALUD

Las compañías de seguros ofrecen a sus clientes asegurados, la opción de acceder a los servicios médicos a través de redes especializadas conformadas por clínicas, médicos, laboratorios, entre otros, en general se da la opción de escoger libremente el profesional o la institución médica de su preferencia, aún si estos no pertenecen a la red Cuando se opta por esta opción de servicio, se reintegran los valores pagados por el asegurado o se autorizan mediante carta de servicio, a precios razonables del mercado y de acuerdo con los límites que el contrato tenga establecidos

EDUCATIVO

Es un contrato que se hace entre un cliente (tomador) y una compañía de seguros en donde la entidad garantiza al beneficiario del seguro el pago de los gastos de la educación de acuerdo a lo establecido en las condiciones de la póliza.

En el mercado se pueden encontrar pólizas de seguros de vida individual o colectivas, en donde comercialmente se muestran como productos educativos, pero en realidad son seguros de vida en donde el valor asegurado se destina a la educación de los hijos o beneficiarios; la diferencia de estos seguros con el seguro educativo, es que debe mediar la muerte o la invalidez del asegurado para el pago de la indemnización y la compañía de seguros no asume el incremento de los costos educativos pues el valor de la indemnización se establece desde el inicio del contrato así como la variación del valor asegurado

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